Se otorgan en casos excepcionales para visitas de funcionarios civiles, diplomáticos, militares o de Gobierno a nivel internacional y personalidades invitadas por las Instituciones Públicas de nuestro país cuando no puedan solicitar cualquier tipo de visa en una de nuestras Misiones en el Exterior. También es utilizada para otorgar la entrada a grupos de personas que vayan a asistir a grandes eventos y convenciones a realizar en territorio con una estadía no mayor a una semana (7 días). La solicitud debe ser enviada a la Dirección de Asuntos Consulares y será autorizada por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Las solicitudes deberán ser formuladas presentando la siguiente documentación:
Una vez recibida la solicitud de Facilidad de Entrada la misma va remitida a la Dirección General de Migración para su conocimiento.
TIEMPO DE OBTENCIÓN
Entre 2 y 5 días a partir de la solicitud, dependiendo de la urgencia, de las solicitudes previas.
OBSERVACIONES
La solicitud y la información requerida debe ser presentada en el Ministerio de Relaciones Exteriores por lo menos una semana antes de la llegada del beneficiario o beneficiarios de la Facilidad de Entrada. Una vez emitida, la misma va remitida a la Dirección General de Migración para su conocimiento.
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TRADUCCIÓN: INGLÉS / ESPAÑOL