Por el garante en RD:- Carta de Garantía debidamente Notarizada y legalizada en la Procuraduría General de la República, este documento debe de ser presentado por el solicitante junto a los demás documentos el día de su entrevista en el consulado dominicano, es indispensable que esta carta de garantía contenga la siguiente clausula, para que pueda ser aceptada por nuestra Misión Diplomática o Consular.
CLAUSULA DE GARANTIA
“Garantizo que (nombre, nacionalidad y pasaporte), no permanecerá en la República Dominicana más tiempo que el concedido por la Dirección General de Migración, ni solicitará residencia o cambio de estatus migratorio desde el territorio dominicano, dedicándose exclusivamente a la actividad por la cual le fue otorgado el visado. “Me hago moral y económicamente responsable al retorno de su país de origen, asumiendo pagar a favor del Estado Dominicano cualquier gasto en que dicha persona pueda incurrir durante su estancia en el país, o que se origine como consecuencia de su repatriación o deportación del mismo”.
- Documentos que acrediten solvencia económica (carta bancaria, carta de trabajo, títulos de propiedad, etc.), de la persona de que se depende. Si algún documento se expide en la República Dominicana, debe ser certificado por un notario público y legalizado por la Procuraduría General de la República.
- Copia de la Visa o Tarjeta de Residencia dominicana y copia del pasaporte de la persona de la cual dependa el interesado.
- Entrevista. El Ministerio de Relaciones Exteriores, se reserva el derecho de citar al garante, para agotar una entrevista con un funcionario de la dirección consular.
OBSERVACION DE INTERES:
- Haber completado todos los requisitos exigidos más arriba, NO SUPONE UNA APROBACIÓN DEL VISADO, sino que indica que el consulado puede aceptar su petición, evaluarla y enviar al Ministerio de Relaciones Exteriores, quien emitirá una decisión final.
- El funcionario consular no puede decidir si le otorgará o no la Visa de Dependencia (DPM) hasta que usted solicite formalmente y sea evaluada su solicitud por el Ministerio de Relaciones Exteriores. Por lo tanto, le aconsejamos firmemente NO comprar boletos aéreos no reembolsables o realizar otros planes de viaje hasta que usted reciba su visa.
- Los beneficiarios de Visados de Dependencia (DPM) una vez en territorio dominicano, tienen un plazo de 30 días para presentarse ante la Dirección General de Migración (DGM) para formalizar los trámites de su residencia o permiso temporal, debiendo completar los requisitos adicionales que ésta exige según el Reglamento de aplicación de la ley General de Migración No. 285-04.