VISA DE RESIDENCIA (RS)

  • REQUISITOS DE VISA DE RESIDENCIA (RS):

    Serán expedidas a favor de personas interesadas en residir definitivamente en el país. Califican para este tipo de visa las personas que tengan las razones siguientes:

    • Lazos de parentela (reunificación familiar por matrimonio / dependencia directa).
    • Inversionistas Ley 171-07.
    • Pensionados, Jubilados o Rentistas de acuerdo a la Ley 171-07.

    La Visa de Residencia (RS), tiene una vigencia para su uso de sesenta (60) días y es válida para una (1) sola entrada. Una vez en territorio dominicano, el beneficiario de este visado deberá presentarse ante la Dirección General de Migración para formalizar los trámites de su residencia temporal, debiendo completar los requisitos adicionales que ésta exige, siendo este visado el primer requisito. (Sección VI, Articulo 48, Acápite (a) Decreto No. 631-11, Reglamento de aplicación de la ley General de Migración No. 285-04).

  • Formulario de Visa lleno y debidamente completado a máquina o en letra de molde legible. Disponible en la sede de las oficinas consulares o en el portal de servicios.
  • Carta de solicitud de Visa a la firma del beneficiario dirigida a la oficina consular correspondiente, contentiva de nombre, nacionalidad, lugar de residencia y actividad productiva a la cual se dedica, así́ como información sobre cómo proyecta establecerse en el país como cónyuge o hijo (a) de extranjero residente legal en RD o de dominicano (a), esta carta no se legaliza, ni se apostilla.
  • Una (1) fotografía tamaño 4 x 5 centímetros, de frente y con fondo blanco.
  • Pasaporte original con una vigencia mínima de Seis (06) meses.
  • Acta de Nacimiento. Debe de presentarse en original debidamente legalizada o apostillada, según corresponda. Si está redactada en un idioma diferente al español, deberá ser traducida por un intérprete judicial, legalizada por el Consulado de la República Dominicana o apostillado, según corresponda. Debe depositarse el original y la traducción ambos legalizados o apostillados.
  • Certificado de No Antecedentes Penales (No requerido para menores de edad) expedido (en fecha inferior a 12 meses de la solicitud) por la autoridad competente (autoridad federal en caso de Estados federados) de los países en los que haya residido en los últimos 5 años, debidamente legalizado o apostillado, según corresponda.
  • Acta de Matrimonio y Acta de Nacimiento de los hijos, según la calidad de la persona que solicita la visa de dependencia, debidamente legalizado o apostillada, según corresponda.
  • Declaración Notariada que certifique la Unión Libre por un periodo no menor a dos años, en los casos en que corresponda.
  • Certificación Médica de que el peticionario no posee enfermedades infecto contagiosas.
  • Visas dominicanas y de otros países vigentes o vencidas.
  • Por el garante en RD:
      • Carta de Garantía debidamente Notarizada y legalizada en la Procuraduría General de la República, en el que indica que se hace responsable moral y económicamente en territorio del esposo/a o pareja/hijos/as. Este documento debe de ser presentado por el solicitante junto a los demás documentos el día de su entrevista en el Consulado dominicano.
      • Documentos que demuestran solvencia económica: 1) carta(s) bancarias de su cuenta de ahorros libreta, cuenta corriente o certificados bancarios, 2) Certificación Laboral (indicando su fecha de ingreso a la empresa, posición que ocupa en la empresa, salario), 3) Títulos de propiedad de su residencia, negocio, finca o terreno, o matrícula de vehículo si los posee.
      • Entrevista. El Ministerio de Relaciones Exteriores, se reserva el derecho de citar al garante, para agotar una entrevista con un funcionario de la dirección consular.

    OBSERVACION DE INTERES:

      1. Haber completado todos los requisitos exigidos más arriba, NO SUPONE UNA APROBACIÓN DEL VISADO, sino que indica que el consulado puede aceptar su petición, evaluarla y enviar al Ministerio de Relaciones Exteriores, quien emitirá una decisión final.
      2. El funcionario consular no puede decidir si le otorgará o no la Visa de Residencia (RS) hasta que usted solicite formalmente y sea evaluada su solicitud por el Ministerio de Relaciones Exteriores. Por lo tanto, le aconsejamos firmemente NO comprar boletos aéreos no reembolsables o realizar otros planes de viaje hasta que usted reciba su visa.
      3. Los beneficiarios de Visados de Residencia (RS) una vez en territorio dominicano, tienen un plazo de 30 días para presentarse ante la Dirección General de Migración (DGM) para formalizar los trámites de su residencia o permiso temporal, debiendo completar los requisitos adicionales que ésta exige según el Reglamento de aplicación de la ley General de Migración No. 285-04.
      • Formulario de Visa lleno y debidamente completado a máquina o en letra de molde legible. Disponible en la sede de las oficinas consulares o en el portal de servicios.
      • Carta de solicitud de Visa a la firma del beneficiario dirigida a la oficina consular correspondiente, contentiva de nombre, nacionalidad, lugar de residencia y actividad productiva a la cual se dedica, así́ como información sobre cómo proyecta establecerse en el país como inversionista.
      • Una (1) fotografía tamaño 4 x 5 centímetros, de frente y con fondo blanco.
      • Pasaporte original con una vigencia mínima de Seis (06) meses.
      • Fotocopia legible de la Tarjeta de Residencia. (Si aplica).
      • Acta de Nacimiento. Debe de presentarse en original debidamente legalizada o apostillada, según corresponda. Si está redactada en un idioma diferente al español, deberá ser traducida por un intérprete judicial, legalizada por el Consulado de la República Dominicana o apostillado, según corresponda. Debe depositarse el original y la traducción ambos legalizados o apostillados.
      • Certificado de No Antecedentes Penales (No requerido para menores de edad) expedido (en fecha inferior a 12 meses de la solicitud) por la autoridad competente (autoridad federal en caso de Estados federados) de los países en los que haya residido en los últimos 5 años, debidamente legalizado o apostillado, según corresponda.
      • Certificación Médica de que el peticionario no posee enfermedades infectas contagiosas.
      • Certificado de Inversionista por el CEI-RD, según la clasificación descrita más abajo:
        • Inversionistas Directos: deberá presentar copia de la certificación del Centro de Exportación e Inversión de la República Dominicana (CEI-RD).
        • Las Empresas que operan bajo el Régimen de Zonas Francas: deberá presentar copia de la certificación del Consejo Nacional de Zonas Francas.
        • Inversión en Proyectos de Desarrollo Fronterizo: deberá presentar la certificación del Consejo Nacional de Desarrollo Fronterizo.
        • Inversión en Proyectos de Desarrollo Turístico: Puede ser acreditado tanto por el Centro de Exportación e Inversión de Republica Dominicana (CEI-RD), como por el Ministerio de Turismo.
      • Visas dominicanas y de otros países vigentes o vencidas.
      • Documentos que demuestran solvencia económica: Carta(s) bancarias de su cuenta de ahorros libreta, cuenta corriente o certificados bancarios, salario, Títulos de propiedad de su residencia, negocio, finca o terreno, o matrícula de vehículo si los posee.
      • Entrevista. El Ministerio de Relaciones Exteriores, se reserva el derecho de citar al garante, para agotar una entrevista con un funcionario de la dirección consular.

    OBSERVACION DE INTERES:

      1. Haber completado todos los requisitos exigidos más arriba, SUPONE UNA APROBACIÓN DEL VISADO, sino que indica que el consulado puede aceptar su petición, evaluarla y enviar al Ministerio de Relaciones Exteriores, quien emitirá una decisión final.
      2. El funcionario consular no puede decidir si le otorgará o no la Visa de Residencia (RS) hasta que usted solicite formalmente y sea evaluada su solicitud por el Ministerio de Relaciones Exteriores. Por lo tanto, le aconsejamos firmemente NO comprar boletos aéreos no reembolsables o realizar otros planes de viaje hasta que usted reciba su visa.
      3. Los beneficiarios de Visados de Residencia (RS) una vez en territorio dominicano, tienen un plazo de 30 días para presentarse ante la Dirección General de Migración (DGM) para formalizar los trámites de su residencia o permiso temporal, debiendo completar los requisitos adicionales que ésta exige según el Reglamento de aplicación de la ley General de Migración No. 285-04.
  • Formulario de Visa lleno y debidamente completado a máquina o en letra de molde legible. Disponible en la sede de las oficinas consulares o en el portal de servicios.
  • Carta de solicitud de Visa a la firma del beneficiario dirigida a la oficina consular correspondiente, contentiva de nombre, nacionalidad, lugar de residencia y actividad productiva a la cual se dedica, así́ como información sobre cómo proyecta establecerse en el país como rentista.
  • Una (1) fotografía tamaño 4 x 5 centímetros, de frente y con fondo blanco.
  • Pasaporte original con una vigencia mínima de Seis (06) meses.
  • Fotocopia legible de la Tarjeta de Residencia. (Si aplica).
  • Acta de Nacimiento. Debe de presentarse en original debidamente legalizada o apostillada, según corresponda. Si está redactada en un idioma diferente al español, deberá ser traducida por un intérprete judicial, legalizada por el Consulado de la República Dominicana o apostillado, según corresponda. Debe depositarse el original y la traducción ambos legalizados o apostillados.
  • Certificado de No Antecedentes Penales (No requerido para menores de edad) expedido (en fecha inferior a 12 meses de la solicitud) por la autoridad competente (autoridad federal en caso de Estados federados) de los países en los que haya residido en los últimos 5 años, debidamente legalizado o apostillado, según corresponda.
  • Documentos que demuestre inversión personal, realizada en país de origen: (copia títulos de propiedad inmobiliaria, movimientos cuentas bancarias Rentista con inversión personal en su país de origen. Depositar el documento financiero de la institución de donde provienen los fondos acumulados, según lo especificado en la ley 171-07, en su artículo 1 ó Certificación bancaria o Contratos de alquiler de propiedades o Certificación de entidades financieras tales como corredores de bolsa o Documentación que lo acredite como accionista o propietario de compañías de las cuales proviene la renta. Estos documentos serán presentados en original. Los ingresos percibidos por salarios no aplican.
    • NOTA: A los fines de acogerse al régimen preferencial establecido en la Ley 171-07, los Pensionados o Jubilados y los Rentistas Extranjeros deberán recibir un ingreso mensual de acuerdo a la escala siguiente: El monto mínimo de ingreso para el Rentista es de US $2,000.00 ó el equivalente en pesos dominicanos.
  • Certificación Médica de que el peticionario no posee enfermedades infecto contagiosas.
  • Visas dominicanas y de otros países vigentes o vencidas.
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  • Formulario de Visa lleno y debidamente completado a máquina o en letra de molde legible. Disponible en la sede de las oficinas consulares o en el portal de servicios.
  • Carta de solicitud de Visa a la firma del beneficiario dirigida a la oficina consular correspondiente, contentiva de nombre, nacionalidad, lugar de residencia y actividad productiva a la cual se dedica, así́ como información sobre cómo proyecta establecerse en el país como pensionista.
  • Una (1) fotografía tamaño 4 x 5 centímetros, de frente y con fondo blanco.
  • Pasaporte original con una vigencia mínima de Seis (06) meses.
  • Fotocopia legible de la Tarjeta de Residencia (Si aplica).
  • Acta de Nacimiento. Debe de presentarse en original debidamente legalizada o apostillada, según corresponda. Si está redactada en un idioma diferente al español, deberá ser traducida por un intérprete judicial, legalizada por el Consulado de la República Dominicana o apostillado, según corresponda. Debe depositarse el original y la traducción ambos legalizados o apostillados.
  • Certificado de No Antecedentes Penales (No requerido para menores de edad) expedido (en fecha inferior a 12 meses de la solicitud) por la autoridad competente (autoridad federal en caso de Estados federados) de los países en los que haya residido en los últimos 5 años, debidamente legalizado o apostillado, según corresponda.
  • Certificación del gobierno, organismo oficial o empresa privada de origen extranjero, donde prestó sus servicios, debidamente traducida al español por un intérprete judicial, con el sello de apostilla o legalizada por el consulado dominicano del país de origen del documento, según sea el caso. Dicha certificación deberá contener los datos generales del solicitante, tiempo que permaneció en la empresa, cargo desempeñado y el monto percibido como pensión.

    A los fines de acogerse al régimen preferencial establecido en la Ley 171-07, los Pensionados o Jubilados y los Rentistas Extranjeros deberán recibir un ingreso mensual de acuerdo a la escala siguiente: El monto mínimo de ingreso para el Pensionado es de US $1,500.00 dólares ó su equivalente en pesos.
  • Certificación Médica de que el peticionario no posee enfermedades infectas contagiosas.
  • Visas dominicanas y de otros países vigentes o vencidas.

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TRADUCCIÓN: INGLÉS / ESPAÑOL